Así lo dio a conocer el máximo tribunal, que resolvió dividir en dos jornadas las exposiciones, la primera de ellas este jueves y la segunda el viernes, con el fin de distribuir las exposiciones previstas.
Este jueves será el turno de organizaciones de la sociedad civil -entre ellas la Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA); la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) y el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)-, de la Defensora del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, María Rosa Muiños; del abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez y del abogado especializado en delitos informáticos Raúl Martínez Fazzalari.
También en esa jornada, que arrancará a las 10 en el Palacio de Tribunales de la calle Talcahuano al 500, será el turno en el que se escucharán las exposiciones de representantes de la Asociación Civil de Estudios Constitucionales (ACEC), de la Asociación Civil Usina de Justicia y de la Fundación LED Libertad de Expresión + Democracia.
A ellos se sumará voz de los abogados Ricardo Alberto Muñoz (h), Francisco Javier Seminara y Gastón Andrés Navarro, según se informó a través del Centro de Información Judicial (CIJ).
En tanto, en la segunda jornada de la audiencia será el turno del Procurador Fiscal de la Nación, Víctor Abramovich, y las partes.
En un dictamen presentado en diciembre pasado en esta causa, el procurador fiscal había señalado que la cuestión federal en la causa consiste en determinar si vulnera la libertad de expresión el bloqueo de vínculos en internet ordenado a Google Inc., como servicio de motor de búsqueda, respecto de contenidos considerados “lesivos” por exponer aspectos de la vida pública de una persona -en este caso Natalia Denegri- “que pretende dejar en el pasado”.
En este sentido, el dictamen recuerda que la libertad de expresión tiene un lugar preeminente en la Constitución Nacional y comprende el derecho de transmitir ideas, hechos y opiniones a través de internet.
A su vez, destaca la indudable importancia del papel que desempeñan los motores de búsqueda en el funcionamiento de internet en tanto su actividad es decisiva en la difusión global de datos, y remarca que toda restricción o limitación de la libertad de expresión debe ser de interpretación restrictiva y que cualquier tipo de censura previa que sobre ella se ejerza padece de una fuerte presunción de inconstitucionalidad, según consignó la propia Procuración.
En esta causa Denegri obtuvo dos fallos favorables, el segundo de ellos en agosto de 2020, cuando la Cámara Nacional en lo Civil confirmó la aplicación, por primera vez en la Argentina, del “derecho al olvido”, a favor de la productora argentina en su demanda contra la compañía Google, para quitar del buscador todas las referencias al pasado mediático de la mujer.
Los jueces Claudio Kiper, Liliana Abreut y José Benito Fajre decidieron hacer lugar a la desindexación de los enlaces que exhibieran videos o imágenes obtenidas hace 20 años o más, correspondientes a escenas mediáticas que pudo protagonizar Denegri o cualquier entrevista televisiva que hubiera dado relacionada con su vida privada.
Los letrados tanto de primera como segunda instancia consideraron que los contenidos expuestos en videos e imágenes que aparecían en el buscador no revestían carácter informativo, sino que respondían a cuestiones de morbosidad.
Según explicó Martín Leguizamón, abogado de la mujer, “la disposición reconoció el perjuicio que le generaba en la actualidad a Denegri la difusión de distintos materiales de su pasado mediático de los años 90”.
Además, se admitió que la productora “fue víctima de una maniobra delictiva mediante la cual le implantaron pruebas falsas y la privaron de su libertad de manera ilícita”.
Entonces, Google consideró que el fallo de la Cámara Nacional, Sala H, confirma una sentencia que les había ordenado desindexar ciertas URLs vinculados con parte del pasado mediático de la actora, “dejando a salvo contenido de interés público relacionado a un caso judicial de amplia repercusión en su momento”.
La empresa advirtió que “pese a que la sentencia no tiene contenido económico” iban a recurrir ante la Corte Suprema porque “la Cámara nos ordena remover contenido legal, como fragmentos de programas televisivos de tipo periodístico, artístico o humorístico, los que forman parte del acervo cultural más allá de la valoración subjetiva”.
“Es importante un debate profundo sobre esta decisión para evaluar las consecuencias de habilitar la desindexación de contenido legal relacionado a hechos de amplia repercusión pública”, completaba el comunicado de Google.
Natalia Denegri se encuentra radicada desde hace diez años en Estados Unidos. Es madre de dos hijos, actualmente es empresaria gastronómica al frente de una cadena de restaurantes en el sur de Florida. También es propietaria de una productora de contenidos cinematográficos por la que fue galardonada con 13 premios Emmy.