Normativa pionera en el mundo

El cupo laboral travesti trans es ley

Por 55 votos a favor, 1 en contra y 6 abstenciones, el Senado aprobó el proyecto que en su nombre homenajea a las precursoras Diana Sacayán y Lohana Berkins y que propone destinar un 1% de las vacantes de la administración pública a personas travestis o trans o transgénero.


El Senado de la Nación convirtió en Ley el proyecto de inclusión laboral para la población trans, travesti y transgénero, que establece que el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes

De acuerdo a la iniciativa, el Estado deberá contratar al menos el 1 por ciento de la dotación de la administración pública, en todas las modalidades de contratación regular vigentes, a personas travestis, trans y transgénero.

La sesión fue seguida desde el recinto de la Cámara alta por representantes de la comunidad trans, que calificaron como “un día histórico” el de hoy por la discusión de esta ley.

En la apertura del debate, la presidenta de la Banca de la Mujer, Norma Durango, declaró que la ley “produce una hermosa y estupenda sensación” ya que “después de tantos años nuestro país tendrá una ley que beneficia al colectivo de gays, lesbianas, travestis, trans y otra identidades de género”.

La ministra de Mujeres, Géneros y Diversidad siguiendo el debate y la votación de la ley.

“Esta ley viene a compensar tanto dolor y tanto desamparo sufrido durante décadas y tantas vidas truncas”, sostuvo Durango, y añadió que los senadores tienen hoy “la oportunidad de revertir una realidad de discriminación y violencia que somete a las personas travestis, trans y transgéneros”.

Durango señaló que se busca con la norma “establecer medidas de acción positiva orientadas a lograr la efectiva inclusión laboral para una igualdad real de oportunidades en todo el territorio nacional”.

También subrayó que se discute “algo más que el cupo laboral” y afirmó que es un debate sobre “derechos humanos”.

Durango marcó que las personas de este colectivo “continúan recibiendo restricciones par acceder al trabajo y dificultades para vivir en condiciones dignas” y recordó que la expectativa de vida es de entre 35 y 40 años.

La ley

La recién sancionada Ley de Promoción del acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y transgénero “Diana Sacayán-Lohana Berkins” promueve “medidas de acción positiva orientadas a lograr la efectiva inclusión laboral de las personas travestis, transexuales y transgénero, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en todo el territorio de la República Argentina”, según el texto aprobado. Desde sus artículos se desprende que:

  • Apunta a la inclusión de las personas travestis, transexuales y transgénero habilitadas a trabajar, hayan o no accedido al cambio registral previsto en el artículo 3o de la Ley 26.743 de Identidad de Género.
  • Dispone medidas de acción positiva: la inclusión laboral en el Estado Nacional a través de un cupo mínimo del 1 % en los tres poderes que lo integran, los Ministerios Públicos, los organismos descentralizados o autárquicos, los entes públicos no estatales, las empresas y sociedades del Estado, en todas las modalidades de contratación.
  • En uno de sus artículos platea el principio de no discriminación de manera terminante al decir que toda persona travesti, transexual o transgénero tiene derecho al trabajo formal digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo. Y plantea que para que esto se cumpla, a la hora de garantizar el ingreso y permanencia en el empleo no podrán ser valorados los antecedentes contravencionales. Por eso, los antecedentes penales de les postulantes “que resulten irrelevantes para el acceso al puesto laboral, no podrán representar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo considerando la particular situación de vulnerabilidad de este colectivo” planteó el texto del proyecto.
  • La propuesta de ley no se limita al cupo. Promueve medidas para garantizar la terminalidad educativa y la capacitación, a fin de que las dificultades para acceder al estudio que han sufrido tanta personas travestis y trans no sea un impedimento para acceder aun empleo.
  • Entre sus artículos, contempla la inclusión transversal y federal, acciones de concientización y prioridad en las contrataciones del Estado (a igual costo y en la forma que establezca la reglamentación, las compras de insumos y provisiones a personas jurídicas o humanas del ámbito privado que incluyan en su planta laboral a personas travestis, transexuales y transgénero).
  • También habla de incentivos al sector privado para quienes contraten a travestis y trans.
  • Finalmente, propone garantizar el acceso al crédito para emprendimientos productivos (a través del Banco Nación).