Coronavirus en Argentina

DISPO: Se prorrogará por un mes a partir del 1 de febrero

El Gobierno nacional anunciará este viernes la extensión del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (Dispo) por la pandemia del coronavirus, en principio por un mes, a partir del 1 de febrero próximo, informaron fuentes oficiales.

Este domingo vencerá el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 1033/2020 del último 21 de diciembre, que extendía el Dispo hasta el último día de enero y que había sido anunciado por el presidente Alberto Fernández el 18 de diciembre, durante un acto que presidió en el partido bonaerense de Moreno.

El gobierno oficializará en las próximas horas a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) la renovación hasta el 28 de febrero del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) en todo el territorio nacional, informaron a Télam fuentes oficiales.

El DNU se publicará en el Boletín Oficial el fin de semana, ya que la extensión de las medidas previstas en el DISPO debe estar en vigencia antes del lunes 1 de febrero próximo.

El DNU ratificará que se mantiene la libre circulación en todo el país, aunque los gobernadores y el jefe de gobierno de la CABA podrán reglamentarla por razones epidemiológicas por días, horas y zonas.

Una de las claves de la prórroga del distanciamiento es que se podrán reanudar las clases presenciales y las actividades educativas no escolares con presencia de docentes y alumnos, pero según los parámetros que se acuerden en el Consejo Federal de Educación.

El reinicio de las clases presenciales será resuelto por cada provincia y por la CABA y también podrán resolver la suspensión, siempre de acuerdo a la situación epidemiológica.

Cuando sea necesario disminuir la circulación de personas, se deberán implementar políticas sanitarias que prioricen el funcionamiento de los establecimientos educativos con modalidades presenciales.

El DNU también establecerá que docentes y personal no docente, al igual que alumnos y sus acompañantes, quedarán exceptuados de la prohibición del uso del servicio público de pasajeros y deberán tramitar el Certificado Único Habilitante de Circulación.