
El Poder Ejecutivo dispuso la obligatoriedad de detallar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en todas las facturas de bienes y servicios a partir del martes 1° de abril.
Lo hizo a través de una disposición de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
Desde esa fecha todos los vendedores de bienes y servicios deberán incluir en un apartado específico de sus tickets el monto correspondiente al IVA.
Esta medida, que se extiende a “todo el universo de contribuyentes”, forma parte del cronograma dispuesto por ARCA para la implementación del régimen de transparencia fiscal.
A partir de enero esta obligación había estado vigente únicamente para las grandes empresas. No obstante, aquellos contribuyentes que emitían comprobantes mediante facturación electrónica utilizando sistemas del organismo como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la opción de discriminar el IVA en sus comprobantes de compra.
Con la entrada en vigor de esta nueva disposición, “la obligación se extendió a todo el universo de comercializadores de cualquier tipo de bien o servicio”.
De esta manera, los consumidores podrán visualizar de forma clara y transparente “la presión fiscal que incide sobre el precio final de los productos”.
Se especificó que los comprobantes deberán mostrar en un apartado del ticket el desglose del IVA y los impuestos internos en el campo “Otros impuestos nacionales indirectos”.
ARCA aclaró que “el consumidor final no debe hacer ninguna operación”.